En los últimos tiempos, las noticias sobre nuevas medias para la mejora de las condiciones de los trabajadores autónomos se van solapando. Y eso son buenas noticias, gracias en parte a los logros que está consiguiendo la Federación Nacional de Trabajadores Autónomos.
La última novedad es que los trabajadores autónomos podrán percibir las prestaciones de maternidad y paternidad en régimen parcia y se amplía la cobertura del permiso de paternidad en algunos casos y permite a la mujer embarazada o lactante cambiar de puesto de trabajo si hay riesgo para el feto.
Así, las mujeres podrán cambiar de puesto de trabajo en el supuesto de que su actividad suponga un riesgo para su embarazo o la lactancia. La norma también contempla que las personas que ejerzan la tutela de un familiar que, de acuerdo con la legislación civil no puedan adoptar, también podrán disfrutar de las prestaciones por maternidad o paternidad, por ejemplo cuando abuelos o tíos tienen la tutela de nietos o sobrinos por fallecimiento de los progenitores.
El Real Decreto que aprueba todas estas nuevas medidas regula e integra todas las modificaciones y novedades normativas derivadas de la entrada en vigor de la Ley 3/2007 para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres. También incorpora las novedades que en materia de maternidad y paternidad se incluyen en la Ley de Presupuestos Generales para 2009.
Este Real Decreto regula también la prestación de riesgo durante el embarazo como contingencia profesional, elimina el requisito de cotización previa e incrementa su cuantía hasta el 100% de la base reguladora. En las mismas condiciones que la anterior, se habilita la nueva prestación de riesgo durante la lactancia, que amplía la protección de las trabajadoras respecto a su puesto de trabajo más allá del parto.