La propuesta de la Comisión Europea (CE) consiste en la revisión de las normas actuales de comercialización que se aplican a diversos productos, como frutas y verduras, jugos, miel y huevos, con el fin de fomentar la elección informada de los consumidores hacia una dieta más saludable y reducir el desperdicio de alimentos.
La intención de las autoridades europeas con los cambios propuestos es asegurar que los consumidores tengan una mayor comprensión del producto que están comprando, incluyendo su verdadera procedencia y su rastreabilidad.
En qué va a consistir este cambio de etiquetado
Bruselas busca que el etiquetado de origen sea más transparente y obligatorio para ciertos productos, como la miel, los frutos secos, los plátanos y las frutas y verduras procesadas y cortadas (como las hojas de ensalada envasadas), de manera que se indique en la etiqueta el país o países de origen en el caso de mezclas.
La inclusión de los países de origen en la etiqueta compromete la transparencia para los consumidores y también se espera que fomente la producción de estos productos en la Unión Europea.
La Comisión permitirá que los jugos de frutas se etiqueten como «sin azúcares añadidos» para aclarar que, a diferencia de los néctares de frutas, por definición, los jugos de frutas no pueden contener azúcares añadidos. Esta es una característica que la mayoría de los consumidores desconoce.
Para satisfacer la creciente demanda de productos con menos contenido de azúcar, los jugos de frutas reformulados podrán etiquetarse como «jugo de frutas con reducción de azúcar». Además, para simplificar aún más, se permitirá el uso del término «agua de coco» en lugar de «jugo de coco», y ambos términos podrán coexistir.
Bruselas ha decidido que el marcaje de los huevos se realizará directamente en la granja para mejorar la trazabilidad del producto. También habrá cambios en los productos envasados destinados a donaciones, que podrán estar exentos de los requisitos principales de etiquetado.
Esto reducirá la burocracia y la cantidad de etiquetas, lo que facilitará que los operadores puedan cumplir con sus compromisos de donaciones.
Otros cambios en los alimentos
En relación a las confituras y mermeladas, se descartará el contenido mínimo de fruta de 350 gramos a 450 gramos por kilogramo de producto terminado (550 gramos en el caso de la calidad extra). El aumento del contenido de fruta permitirá ofrecer productos con menos azúcares libres y más fruta a los consumidores.
El término «mermelada», que anteriormente solo se autorizó para las confituras de cítricos, ahora se permitirá para todas las confituras. Esto permitirá adaptar la denominación del producto a la utilizada localmente con mayor frecuencia.
Finalmente, habrá cambios que contribuirán a reducir el desperdicio de alimentos. Entre ellos se encuentra la exención del cumplimiento de las normas de comercialización para las frutas y hortalizas consideradas «feas» debido a sus defectos externos. Estas son aptas para el consumo local o directo y se venden directamente por los productores a los consumidores a nivel local.